La entrada en vigor de la Constitución Española de 1978 supuso una redefinición del modelo de relaciones entre el Estado y las Confesiones Religiosas, abandonando el tradicional modelo de confesionalidad, para inaugurar, al menos desde una perspectiva teórica, otro caracterizado por la neutralidad del Estado. En nuestro estudio abordaremos las principales deficiencias que presenta nuestro ordenamiento jurídico, especialmente en lo relativo al desarrollo que de las previsiones constitucionales hace la legislación ordinaria, intentando poner de relieve las insuficiencias que presenta el modelo esbozado en la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, desde una doble perspectiva: 1) La neutralidad del Estado, proclamada en el ...
La familia es una institución jurídica que también posee una vertiente social. El derecho de famili...
La enseñanza de la religión y la presencia de ideologías y creencias en los centros de enseñanza se...
En relación con los límites a la libertad religiosa es preciso considerar que el ordenamiento españ...
En los últimos años, desde 2004 para ser exactos, se ha reabierto, de manera artificial, en España l...
Para comprender la realidad jurídica actual, resulta necesario conocer y partir de la historia juríd...
El constituyente, al conformar el bloque de constitucionalidad que representa el reconocimiento y g...
La Constitución Española reconoce el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación reli...
El asunto que se trata en el artículo es el desarrollo de la regulación de la enseñanza religiosa de...
En el presente capítulo nos centramos en la relación entre libertad religiosa como derecho fundamen...
El art. 16 de la Constitución española (en adelante, CE) sitúa la libertad religiosa como uno de lo...
Tras la entrada en vigor de la Constitución de 1978, se modifica el modelo de relaciones entre la Ig...
Una interesantísima cuestión de innegable trascendencia constitucional que tiene hoy planteada nuest...
tanto a las mayorías legislativas al sometimiento formal y material es decir de contenido, de todo e...
El ordenamiento jurídico reconoce el derecho de los individuos a manifestar públicamente el desacue...
La familia como institución titular de derechos humanos y libertades fundamentales, ejercidos colect...
La familia es una institución jurídica que también posee una vertiente social. El derecho de famili...
La enseñanza de la religión y la presencia de ideologías y creencias en los centros de enseñanza se...
En relación con los límites a la libertad religiosa es preciso considerar que el ordenamiento españ...
En los últimos años, desde 2004 para ser exactos, se ha reabierto, de manera artificial, en España l...
Para comprender la realidad jurídica actual, resulta necesario conocer y partir de la historia juríd...
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En el presente capítulo nos centramos en la relación entre libertad religiosa como derecho fundamen...
El art. 16 de la Constitución española (en adelante, CE) sitúa la libertad religiosa como uno de lo...
Tras la entrada en vigor de la Constitución de 1978, se modifica el modelo de relaciones entre la Ig...
Una interesantísima cuestión de innegable trascendencia constitucional que tiene hoy planteada nuest...
tanto a las mayorías legislativas al sometimiento formal y material es decir de contenido, de todo e...
El ordenamiento jurídico reconoce el derecho de los individuos a manifestar públicamente el desacue...
La familia como institución titular de derechos humanos y libertades fundamentales, ejercidos colect...
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En relación con los límites a la libertad religiosa es preciso considerar que el ordenamiento españ...