En fin de texto consta: A los Vireyes, Presidentes y Audiencias de los Reynos de las Indias, é Islas adyacentes, ordenándoles hagan observar lo resuelto, para que de palabra y por escrito se dé tratamiento de Señoría á los Inquisidores.Texto fechado en Aranjuez, a 19 de junio de 1804.Mode of access: Internet.Título tomado del principio del texto.El lugar, mes y día de emisión de la Cédula, que aparecen en blanco al final del texto, completados a mano.Se ha respetado la puntuación original.Sign.: []2
En fin de texto consta: Á los Vireyes, Presidentes, Gobernadores é Intendentes de las Indias é Islas...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias é Islas Filipinas se observe la práctic...
En fin de texto consta: Para que no se dé el pase á las gracias Pontificias que vengan sin los requi...
En fin de texto consta: Para que los Vireyes, Presidentes, Audiencias y Gobernadores de los Reynos d...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias é Islas Filipinas se haga notorio lo re...
En fin de texto consta: Declarando los casos en que debe conocer de las sublevaciones ó sediciones p...
En fin de texto consta: Declarando lo que los Títulos de Castilla residentes en Indias, á quienes se...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de Indias é Islas adyacentes se observe lo dispuesto ...
Inserta Cédula fechada en San Lorenzo a 30 de octubre de 1796.En fin de texto consta: Para que en lo...
En fin de texto consta: Declarado que la Cédula circular y Breve Pontificio en que se derogan los pr...
En fin de texto consta: Para que en los dominios de las Indias se observe lo mandado en la leyes y C...
En fin de texto consta: Mandando lo que debe executarse para que en las Universidades de ambas Améri...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias se proceda sin disimulo ni tolerancia e...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias é Islas adyacentes se observen las regl...
En fin de texto consta: Para que se publique en los Reynos de Indias lo últimamente resuelto acerca ...
En fin de texto consta: Á los Vireyes, Presidentes, Gobernadores é Intendentes de las Indias é Islas...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias é Islas Filipinas se observe la práctic...
En fin de texto consta: Para que no se dé el pase á las gracias Pontificias que vengan sin los requi...
En fin de texto consta: Para que los Vireyes, Presidentes, Audiencias y Gobernadores de los Reynos d...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias é Islas Filipinas se haga notorio lo re...
En fin de texto consta: Declarando los casos en que debe conocer de las sublevaciones ó sediciones p...
En fin de texto consta: Declarando lo que los Títulos de Castilla residentes en Indias, á quienes se...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de Indias é Islas adyacentes se observe lo dispuesto ...
Inserta Cédula fechada en San Lorenzo a 30 de octubre de 1796.En fin de texto consta: Para que en lo...
En fin de texto consta: Declarado que la Cédula circular y Breve Pontificio en que se derogan los pr...
En fin de texto consta: Para que en los dominios de las Indias se observe lo mandado en la leyes y C...
En fin de texto consta: Mandando lo que debe executarse para que en las Universidades de ambas Améri...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias se proceda sin disimulo ni tolerancia e...
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de las Indias é Islas adyacentes se observen las regl...
En fin de texto consta: Para que se publique en los Reynos de Indias lo últimamente resuelto acerca ...
En fin de texto consta: Á los Vireyes, Presidentes, Gobernadores é Intendentes de las Indias é Islas...
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