Características de la elección del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo en la provincia de Río Negro i. El Poder Ejecutivo A. Forma de elección Resulta menester recordar el texto de la Constitución de Río Negro, el cual establece, en su artículo 173, que “el gobernador y el vicegobernador son elegidos directamente por el pueblo a simple pluralidad de sufragios, constituyendo la Provincia a ese efecto un solo distrito electoral. En caso de empate decide la Legislatura”. Así, la afirmación “a simple pluralidad de sufragios” infiere, lisa y llanamente, que los candidatos que mayor cantidad de votos obtengan serán proclamados como Gobernador y Vice, en única vuelta, más allá de algunas interpretaciones que admitían la eventualidad ...