La familia, es una agrupación de personas naturales que tienen vinculo jurídico por consanguinidad, es decir, existe entre ellos un parentesco por consanguinidad, asimismo, cuando dos personas contraen nupcias civiles, nace un parentesco por afinidad con los parientes del o de la cónyuge y surten efectos jurídicos hasta el segundo grado. Idem, tenemos el parentesco civil, que nace a raíz de la adopción. En tal virtud, los hijos adoptivos tienen los mismos derechos que los hijos consanguíneos. Cuando las parejas se divorcian, ello significa la disolución del vínculo matrimonial y la finalización de la sociedad de gananciales, de ser el caso, puesto que existen dos regímenes patrimoniales dentro del matrimonio, sin perjuicio del régimen de bi...