La estabilidad del derecho del trabajo, como principio y derecho de los trabajadores, es incuestionable, sin embargo, los Estados cuyo deber protector del trabajo es inmutable, han estado aplicando una serie de medidas, que en los hechos flexibilizan las relaciones de trabajo, configurando varios ámbitos paralelos, como la función pública, sistemas de contrataciones del Estado, estableciendo las denominadas consultorías, e incluso cerrando empresas estatales, en tiempos de pandemia como en el caso boliviano. A esta realidad, se añade el ámbito privado que de manera, muchas veces dolosa, flexibiliza las relaciones del trabajo, con la suscripción de contratos a plazo fijo, o en su caso contratos de trabajo eventuales, que están vinculados a...