A través de esta Ley, los Gobernadores de las provincias presidirán las Comisiones Provinciales de Educación Nacional, solicitando de las correspondientes Corporaciones y Entidades la designación de las personas que las hayan de representar en el seno de las referidas Comisiones.Biblioteca de Educación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; Calle San Agustín, 5 - 3 Planta; 28014 Madrid; Tel. +34917748000; biblioteca@mecd.esES