La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi ordenó una medida cautelar contra la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil (UIGV), para que se abstenga de cobrar un interés moratorio superior al legal permitido por la Ley de Protección a la Economía Familiar (Ley 29947) y de disponer medidas que restringen el desarrollo del servicio educativo con el fin de cobrar las pensiones de enseñanza
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)No autorizada por el autor para ser publicada a...
La Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Indecopi multó a la Pontificia Universidad Católica ...
La figura del ombudsman se ha adaptado al sistema universitario en distintas Universidades. En Méxic...
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (I...
Más de 500 ciudadanos aprenden cómo evitar y resolver posibles conflictos de consumo gracias al XI C...
La Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, a través de la Escuela Nacional de Defensa de la...
La Oficina Regional del Indecopi en Puno (ORI-Puno) organizó conjuntamente con la Comisión Regional ...
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi (SPC), en coordinación con la Direcci...
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (I...
En el marco de las acciones que se realizan para salvaguardar los derechos de las y los consumidores...
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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno declaró barreras burocráticas ilegales difer...
La Oficina Regional del Indecopi en Huaraz (ORI Huaraz) sancionó a cuatro universidades que infringi...
La Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi ordenó a Colegios Peruanos S.A. (Innova Sch...
Durante el 2015 al 2018 la concientización de la población respecto a sus derechos como consumidor, ...
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