La inclusión de las actas notariales en el CCyCN es una decisión legislativa acertada. Se diferencian de las escrituras públicas por su contenido, y ambas son especies de documentos notariales, que integran el género instrumentos públicos. El valor probatorio de estos últimos les es plenamente aplicables, con el alcance determinado por el artículo 296, inciso a), del CCyCN. El artículo 312 del mismo cuerpo legal no desvirtúa esta conclusión, pues no debe confundirse el valor probatorio de las declaraciones formuladas por el notario acerca de lo percibido con la gravitación que el juez le asigne a esas declaraciones para dirimir la resolución del conflicto que se le plantea. Las actas de notoriedad están incluidas en la definición del CCyCN....
Desde la perspectiva jurídica, Busso conceptualiza al interés como el aumento paulatino que devengan...
Al analizar la obligación de saneamiento prevista en el Código Civil y Comercial de la Nación advert...
1.- El sistema de protección jurídico del consumidor, contemplado en el art. 50 de la LDC, no puede ...
El notario, como profesional del derecho a cargo de una función pública que le ha sido delegada por ...
El Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por Ley nacional N° 26.994, vigente desde el día ...
La incorporación de un instrumento público con una gran tradición. La entrada en vigencia del Códig...
El Código Civil y Comercial de La Nación (en adelante CCCN) vigente a partir del 1 de agosto de 2015...
El Código Civil y Comercial de la Nación dedica el art. 308 a la expedición de copias de la escritur...
El Código Civil y Comercial ha regulado nuevamente la licitación luego de que, mediante la Ley 17.71...
La vulnerabilidad del consumidor. Su protección jurídica en el derecho interno y en el Derecho Inter...
La inexistencia en el CCyCN de una norma como la del inciso 2 del artículo 1184 del Código Civil, im...
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación —C.C.C.N.— contiene disposiciones generales relativas...
El art. 231 bis del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires habilita al magistrado jud...
PONENCIAS DE LEGE LATA: I. Los CI preexistentes, no configurados como PH, deben adecuarse a PHE (20...
Caso 1. Contabilidad financiera. Concesión administrativa con activos revertibles que deben ser obje...
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