Uno de los principales rasgos que se atribuyen a los derechos humanos es el de la universalidad. Se supone que la universalidad es una característica definitoria y distintiva de los derechos humanos. Pero una vez que se traslada la cuestión a los derechos sociales y económicos, buena parte de los juristas teóricos y filósofos del derecho entienden que este rasgo no se puede mantener, que sería un error conceptual con nefastas consecuencias políticas. Los derechos económicos y sociales no serían para todos, sino subsidiariamente para aquellos que los necesitan. Para avalar esta tesis argumentan que se trata de derechos de prestación específicos o de grupo (derechos de las personas que no tienen capacidad económica para satisfacer sus necesid...