El objetivo central de las siguientes reflexiones radica en aclarar la relevancia de la lógica hegeliana (en especial, de su comprensión de las nociones de “contradicción” y de “antinomia”) respecto de la filosofía práctica; y en particular, respecto de la moralidad, entendida como el segundo momento de la Filosofía del Derecho hegeliana . La escisión en tres grados (derecho abstracto, moralidad y eticidad) de ninguna manera significa que la eticidad, expuesta como tercer grado, deba ser entendida como aquello “que ha de venir más tarde”, luego del derecho abstracto y de la moralidad. La eticidad se presentará, más bien, como fundamento del derecho y de la moralidad, exponiendo así un progreso sistemático, y al mismo tiempo, la legitimación...