El artículo critica la dicotomía prevalente concentrado/difuso utilizada para clasificar los sistemas de justicia constitucional; recuerda que muchos autores habían propuesto tomar en cuenta ulteriores elementos (el bien protegido, la cercanía de los intereses protegidos, la eficacia directa de los pronunciamientos, etc.); sugiere considerar “pertinentes” otros elementos, como el parámetro y el objeto del juicio. También niega que, en principio, sea posible clasificar los modelos de justicia constitucional teniendo en consideración un solo elemento a) moviendo de la crítica de Tusseau a los modelos, en primer lugar lo acentúa, no sólo contestando la “pureza” del modelo estadounidense, sino pero metiendo en duda incluso que se pueda conside...